EREN_Nuevos Requisitos para los Certificados de Eficiencia Energética

El pasado 2 de junio se publicó el Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, derogando el anterior R.D. 235/2013, de 5 de abril.

Entre las principales novedades que introduce el nuevo real decreto son las relativas a la información mínima que debe contener cualquier certificado (tanto de proyecto como de obra terminada o edificio existente), lo cual se establece en el artículo 8.

En cuanto a la información sobre recomendaciones de posibles intervenciones para la mejora de los niveles óptimos o rentables de la eficiencia que deben incluir los certificados, el apartado f) del punto 2 del artículo 8 establece lo siguiente:

–          Las recomendaciones deben ser técnicamente viables.

–          Deben incluir estimaciones de los plazos de recuperación de la inversión.

–          Deben incluir información de la relación coste-eficacia de la mejora propuesta, evaluando esta relación en base al ahorro energético previsto, los precios de la energía y una previsión de coste preliminar.

–          Debe incluir información sobre las actuaciones que se deben de emprender para llevar a la práctica las recomendaciones, lo cual implica hacer una correcta descripción de las mismas.

Así mismo, se establece que no será necesaria la inclusión de recomendaciones de mejora cuando no exista ningún potencial razonable para una mejora de los niveles óptimos o rentables de la eficiencia energética, siendo necesario, en este caso, incorporar una justificación técnica de la inexistencia de potencial de mejora.

 

En el archivo disponible en el siguiente enlace, puede acceder a recomendaciones para la definición de medidas de mejora con los programas de certificación energética:

 

Nuevo Código Estructural – Hormigón (EHE) + Acero (EAE)

El BOE de 10 de agosto de 2021 ha publicado el Real Decreto 490/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba el CÓDIGO ESTRUCTURAL. Enlace BOE: https://boe.es/boe/dias/2021/08/10/pdfs/BOE-A-2021-13681.pdf

Este Código Estructural actualiza la reglamentación vigente relativa a las estructuras de hormigón y a las estructuras de acero conforme a las novedades de carácter técnico y reglamentario en la materia, y deroga:

  • Instrucción de Hormigón Estructural (EHE-08), aprobada por el R.D. 1247/2008, de 18 de julio,
  • Instrucción de Acero Estructural (EAE), aprobada por el R.D. 751/2011, de 27 de mayo,
  • Disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo establecido en el R.D.

El Código Estructural entrará en vigor a los tres meses desde su publicación en el BOE y será de aplicación desde el próximo 10 de noviembre de 2021.

Más información https://www.mitma.gob.es/el-ministerio/sala-de-prensa/noticias/mar-29062021-1632

En breve, se elaborará nota técnica con los aspectos más relevantes del nuevo Código Estructural

Nota técnica del CSCAE y Ficha complementaria del CAT del COAL sobre cambios en la certificación energética

Se ha publicado en el BOE y ya ha entrado en vigor el Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.

Descargar Nota técnica del CSCAE con un resumen comparativo del RD 390/2021 respecto al RD 235/2013

Descargar Ficha-resumen complementaria del CAT del COAL con los principales cambios prácticos en la CEEE

PREOC y PREMETI 2021

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Ficha-resumen con cambios CTE 2019 y otros documentos de apoyo

Se adjunta FICHA-RESUMEN con los principales cambios en el CTE 2019 (RD 732/2019 de aplicación obligatoria en obras que soliciten licencia a partir del 24 de septiembre de 2020). Este documento está elaborado por el CAT del COAL, consta de 2 páginas y es una ayuda que incluye simplificaciones e interpretaciones. Para conocimiento de la Norma consultar el texto reglamentario.

Descargar Ficha-resumen con los principales cambios del CTE 2019 (2 páginas)

Se adjuntan enlaces a otros documentos de interés sobre los principales aspectos de la citada modificación:

Guía de aplicación del DB-HE 2019

Documento divulgativo del Ministerio sobre Conceptos básicos de la modificación del CTE aprobada por Real Decreto 732/2019

Guía de rehabilitación frente al Radón

Jornada sobre Cambios reglamentarios en el CTE en el Instituto Torroja el 4 de febrero de 2020

 

Actualización del Precio Base Estimado (Módulo Colegial) y del Fa

La Junta de Gobierno del COAL de 16.03.2023 ha adoptado el siguiente Acuerdo:

PROCEDER A LA ACTUALIZACIÓN DEL PRECIO BASE ESTIMADO (MÓDULO COLEGIAL) Y FIJARLO EN 760 EUROS/M2 CON FECHA 01/01/2023 Y DEL VALOR DEL FACTOR DE ACTUALIZACIÓN EN 9,4

El precio base estimado (Pb) tiene por objeto servir de ayuda a los Arquitectos, incluso desde fases muy tempranas de los proyectos, en la estimación de los presupuestos de ejecución material de la edificación y en algunos casos utilizarse como referencia, con las correspondientes correcciones, en la elaboración de valoraciones. En cualquier caso, este sistema, ni pretende, ni puede relevar al Arquitecto de su obligación de ajustar los presupuestos a la realidad de los precios según su propia información.

En el cuadro de estimación de costes para el cálculo aproximado de los presupuestos de ejecución material de la edificación, aprobado en Junta de Gobierno el día 13 de Julio de 1995  (descargar aquí) se pueden encontrar los coeficientes que corresponden al tipo de obra de que se trate considerando usos y tipología, así como distinguiendo entre superficie distribuida y no distribuida.

Sin embargo, el COAL en el Visado no comprueba la congruencia del presupuesto de ejecución material de las obras con el contenido del proyecto de edificación, ni interviene el PEM en el cálculo de su precio de visado. Se recuerda que desde 2011, el precio de visado depende del uso del edificio, de la superficie de actuación y del tipo de intervención en él, no de su PEM. No se hace una distinción en este caso entre superficie distribuida y sin distribuir ya que se utilizan coeficientes correctores según el uso y el tipo de intervención y se introducen por separado las superficies cerradas y abiertas cubiertas, lo que permite al programa considerar la totalidad de la superficie ocupada pero computar al 50% la superficie abierta para el cálculo del precio de visado.

Descargar relación cronológica de los precios base estimados

Aplicación obligatoria de la modificación del CTE a partir del 24 de septiembre de 2020

  • Aplicación voluntaria y obligatoria del Real Decreto 732/2019
    El plazo de 6 meses de aplicación voluntaria del Real Decreto 732/ 2019 que modifica el CTE (HE, SI y nuevo HS6), cuya fecha de finalización original era el 27 de junio de 2020 y se prorrogó debido al estado de alarma, finalizará el 23 de septiembre de 2020, siendo obligatoria la aplicación del citado Real Decreto para todas aquellas obras que soliciten licencia municipal a partir del 24 de septiembre de 2020.

Esta información OFICIAL se puede consultar en la página Web del CTE:

Nota informativa sobre la reanudación del cómputo de plazos en la aplicación del Real Decreto 732/2019, de 20 de diciembre, de modificación del Código Técnico de la Edificación

En una comunicación anterior se había dado otra fecha anterior de acuerdo a la nota interpretativa e información preparada por el CSCAE. Según los criterios fijados por la Abogacía del Estado, la reanudación de los plazos de aplicación del Real Decreto 732/2019, de 20 de diciembre, de modificación del CTE se realizará de la manera indicada en esta información.

Se adjuntan enlaces a documentos de interés sobre los principales aspectos de la citada modificación:

Guía de aplicación del DB-HE 2019 ¡¡¡Nuevo!!!

Documento divulgativo del Ministerio sobre Conceptos básicos de la modificación del CTE aprobada por Real Decreto 732/2019

Jornada sobre Cambios reglamentarios en el CTE en el Instituto Torroja el 4 de febrero de 2020

Aplicación obligatoria de la modificación del CTE el 24 de septiembre de 2020

La modificación del CTE (HE, SI y nuevo HS6) contenida en el Real Decreto 732/2019 que entró en vigor el día 28 de diciembre de 2019 tenía un periodo de aplicación voluntaria de 6 meses que quedó suspendido y por lo tanto  su duración ampliada  el número de días naturales del estado de alarma. Una vez reanudado el cómputo de plazos administrativos, la aplicación obligatoria del CTE será el 24 de septiembre de 2020.

Se adjunta enlaces a documentos de interés sobre los principales aspectos de la citada modificación:

Documento divulgativo del Ministerio sobre Conceptos básicos de la modificación del CTE aprobada por Real Decreto 732/2019

Jornada sobre Cambios reglamentarios en el CTE en el Instituto Torroja el 4 de febrero de 2020

Guía para la reactivación de la contratación pública

La Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación (OIReScon) ha elaborado una Guía para la reactivación de la contratación pública tras el levantamiento de la suspensión de los plazos administrativos con toda la información sobre programación, planeamiento y tramitación de procedimientos y los efectos sobre los contratos en fase de ejecución.