El nuevo Código Estructural entra en vigor el próximo 10 de noviembre. Deroga las Instrucciones de Hormigón Estructural EHE-08 y de Acero EAE y otras disposiciones de igual o inferior rango. Se puede consultar en https://boe.es/boe/dias/2021/08/10/pdfs/BOE-A-2021-13681.pdf y entra en vigor a los tres meses de su publicación en el BOE, y de acuerdo a lo recogido en la Disposición transitoria única – Aplicación a proyectos y obras:
Lo dispuesto en este real decreto no será de aplicación a los proyectos cuya orden de redacción o de estudio, en el ámbito de las Administraciones públicas, o encargo, en otros casos, se hubiese efectuado con anterioridad a su entrada en vigor, ni a las obras de ellos derivadas, siempre que estas se inicien en un plazo no superior a un año para las obras de edificación, ni de tres años para las de ingeniería civil, desde dicha entrada en vigor, salvo que por el correspondiente órgano competente, o en su caso por el promotor, se acordase acomodar el proyecto al contenido del «Código estructural».
Con objeto de acreditar que el encargo del proyecto se ha realizado con anterioridad al 10 de noviembre de 2021, en aquellos trabajos que no estén para presentar a visado, los Arquitectos podrán abrir nuevos expedientes en el COAL (completando los datos necesarios del expediente, emplazamiento y referencia catastral) con un primer documento “Otras tramitaciones -> Comunicación de encargo”, rellenando los datos de encargarte/promotor pero no los de usos y superficies (queda en blanco) ya que puede haber variaciones con respecto al trabajo que se presente definitivamente a visado. En la estructura documental sólo se incluirá la solicitud de visado (comunicación de encargo) en la carpeta /Registro/ . La tramitación de este documento no tiene coste.