El Excmo. Ayuntamiento Pleno en Sesión Ordinaria celebrada el día 31 de julio de 2020, aprobó inicialmente la modificación de la Ordenanza municipal reguladora de las condiciones para la instalación de ascensores en edificios existentes de carácter residencial, consistente en derogar y dejar sin efecto los siguientes artículos: Art. 6, Artículos 7.2, 8.3, 9.3, Artículos 7.4, 8.4, 9.4, Artículos 7.6, 8.8, 9.8 y 10.10 y los Artículos 8.5, 9.5.
Durante el plazo de treinta días, a partir de la publicación de este anuncio, se somete dicha Modificación de la Ordenanza Municipal a información pública y audiencia a los interesados en la Secretaría Delegada de Fomento y Patrimonio (Servicio Jurídico del Área de Urbanismo y Vivienda) para la presentación de reclamaciones y sugerencias.