El Excmo. Ayuntamiento Pleno de Salamanca con fecha 31 de julio de 2020 aprueba inicialmente la modificación de la Ordenanza municipal reguladora de las condiciones de instalación de ascensores en edificios existentes de carácter residencial, derogando y dejando sin efecto los artículos 6, 7.2, 7.4, 7.6, 8.3, 8.4, 8.5, 8.8, 9.3, 9.4, 9.5, 9.8 y 10.10. Sometido el expediente a información pública por plazo de treinta días y no presentada alegación alguna, se entiende elevado a definitivo citado acuerdo.
BOP Salamanca: 23 de junio de 2021
Entrada en vigor:
La presente Ordenanza entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, si bien podrá ser aplicable a todas aquellas solicitudes cuya tramitación se hubiera iniciado con anterioridad, previa petición expresa en tal sentido por parte del/de la peticionario/a.