Arquitectos y Arquitectos Técnicos, únicos competentes para realizar ITE e IEE
A raíz de las informaciones aparecidas en diferentes medios de comunicación en los últimos días, el Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España (CSCAE) y el Consejo General de la Arquitectura Técnica de España (CGATE) ACLARAN:
2. La jurisprudencia consolidada del Tribunal Supremo es la que avala esta conclusión, como última instancia para interpretar la Ley. El Auto que declara la inadmisibilidad de los recursos de casación interpuestos por el Consejo Gallego de los Colegios de Aparejadores y Arquitectos Técnicos y por el Colegio Oficial de Arquitectos de Galicia, que, por su propia naturaleza, no puede entrar en el fondo del asunto, en absoluto desmiente las conclusiones del Alto Tribunal. Es decir, que no tiene interés casacional dado que existe jurisprudencia consolidada en el sentido expuesto en el punto anterior.
3. Nos reservamos el derecho de emprender acciones legales, puesto que estas informaciones, voluntaria o involuntariamente, pueden perjudicar a consumidores y usuarios, al crear confusión acerca de las competencias y la cualificación profesional.